Tras los problemas surgidos en la
implantación del SME y el ecu como moneda de referencia (como comentábamos aquí),
con ocasión del Consejo Europeo de Madrid, celebrado en junio de 1989, los
líderes de la UE adoptaron un plan para la unión económica y monetaria que se
articulaba en torno a tres etapas. Dicho plan se incorporó al Tratado de
Maastricht sobre la Unión Europea, adoptado por el Consejo Europeo en diciembre
de 1991.
- la libre circulación de capitales en el seno de la UE (supresión de los controles de cambios);
- el aumento de los recursos destinados a eliminar las desigualdades entre las regiones europeas (Fondos Estructurales); y
- la convergencia económica, mediante la vigilancia multilateral de las políticas económicas de los Estados miembros.
La segunda etapa comenzó el 1 de enero de 1994. Establecía lo siguiente:
- la creación del Instituto Monetario Europeo (IME), con sede en Frankfurt, formado por los gobernadores de los bancos centrales de los países de la UE;
- la independencia de los bancos centrales nacionales; y
- la adopción de normas destinadas a reducir los déficits presupuestarios nacionales.
Para poder establecer una moneda
única, es necesario que los diferentes estados miembros cumplan una serie de
criterios de convergencia (es decir, debían conseguir una serie de objetivos
mínimos de estabilidad de su economía). Si intentasen implantar una moneda
única en economías con características muy diferentes, la moneda podría sufrir
muchas oscilaciones.
- la estabilidad de precios: la tasa de inflación no puede exceder en más de un 1,5% la media de las tasas de inflación de los tres Estados miembros que registren la inflación más baja;
- tipos de interés: los tipos de interés a largo plazo no pueden variar en más de un 2% en relación con la media de los tipos de interés de los tres Estados miembros cuyos tipos de interés sean los más bajos;
- déficits: los déficits presupuestarios nacionales deben ser inferiores al 3% del producto interior bruto (PIB);
- deuda pública: no puede exceder del 60% del PIB; y
- estabilidad del tipo de cambio: los tipos de cambio deben haberse mantenido, durante los dos años previos, dentro de los márgenes de fluctuación autorizados.
En 1995, en el Consejo Europeo de
Madrid se decide que la futura moneda única se llamará EURO.
Habría de culminar con el nacimiento del euro. El 1 de enero de 1999, once países adoptaron el euro, que se convertía así en la moneda común de Bélgica, Alemania, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia (Grecia se sumó a ellos el 1 de enero de 2001). A partir de ese momento, el Banco Central Europeo sustituía al IME y asumía la responsabilidad de la política monetaria, que se definiría y aplicaría en euros.
Los tipos de cambio fueron los
siguientes:
1 Euro equivale a:
|
|
13,7603
|
Chelines austriacos
|
340,75
|
Dracmas griegos
|
200,482
|
Escudos portugueses
|
2,20371
|
Florines holandeses
|
40,3399
|
Francos belgas
|
6,55957
|
Francos franceses
|
40,3399
|
Francos
luxemburgueses
|
0,787564
|
Libras irlandesas
|
1936,27
|
Liras italianas
|
1,95583
|
Marcos alemanes
|
5,94573
|
Marcos finlandeses
|
166,386
|
Pesetas españolas
|
Entonces eran 15 los países
miembros de la UE, por tanto, los países que renunciaron a entrar en este SME
fueron Dinamarca, Reino Unido y Suecia. Como decíamos, Grecia no se incorporó
al SME hasta el 2001, cuando cumplió los criterios de convergencia exigidos.
Es en este momento cuando se crea
el Banco Central Europeo (BCE), y empieza a realizar operaciones en euros en el
mercado de divisas, aunque no tiene un soporte físico. Es decir, las
anotaciones en cuenta de las transacciones internacionales se realizaban en
euros.
Desde el 1 de enero al 28 de
febrero de 2002 se produce la doble circulación de monedas en cada país miembro
(en España se podía comprar/vender con euros o pesetas) y, a partir del 1 de
marzo del 2002 solamente se podía utilizar el euro.
Bloque VI: El comercio internacional de la economía
(Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje según Currículo RD 1105/2014)
(Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje según Currículo RD 1105/2014)
Tema 11. Mercado de divisas y Balanza de Pagos
11.1. La Balanza de Pagos
11.2. El mercado de divisas
11.3.1. La Unión Económica y Monetaria
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